Necesitamos una "Ley Marco"
Acaso más trascendente que la decisión coyuntural de oponerse ahora a la creación de un nuevo municipio en la Provincia -en este caso el de Lezama, que intentaba independizarse de Chascomús- resultó el anuncio de altos funcionarios provinciales, acerca de que es intención del Gobierno impulsar una ley marco que sirva como reguladora de los pedidos de división de distritos.
Tanto el titular del Poder Ejecutivo como algunos de sus ministros advirtieron que no corren tiempos propicios como para proyectar secesiones y que tal conclusión le fue comunicada a legisladores, con la comprensible intención de adoptar posiciones unívocas en una materia que, como se ha dicho, fue tratada muchas veces en forma errática, con criterios divergentes, originándose en oportunidades controversias muy ruidosas entre los dos poderes y aún entre las poblaciones afectadas.
Resulta importante que desde el gobierno central se postule la reactivación del proyecto de ley marco, ya que sobre este asunto de relevante interés institucional había sido aprobada una iniciativa hace más de dos años por la cámara de Diputados, en tanto que hace unos meses se había presentado en el Senado un proyecto que tiene algunas diferencias con aquel pero apunta al mismo objetivo.
Sin embargo, poco tiempo atrás, el presidente de la cámara Alta advirtió que no existía consenso político en ese cuerpo para avanzar hacia la votación de una norma que estableciera pautas básicas y objetivas para la creación de municipios y determinara mecanismos de evaluación de la viabilidad de los más de sesenta intentos autonomistas que se acumulan en la Legislatura.
Tal como se señaló en su momento, estos dos proyectos de ley marco establecen los requisitos que deberían cumplir las ciudades que pretendan transformarse en partidos, evitándose de esa manera que las nuevas jurisdicciones surjan como resultado de medidas discrecionales, basadas en intenciones electoralistas o condicionadas por objetivos circunstanciales. Bien se sabe que, una vez agotadas esas instancias por el sólo transcurso del tiempo, lo que quedó después, en la mayoría de los casos, fueron estructuras administrativas sin sustento económico, necesitadas del permanente subsidio provincial.
Más allá de que resulten absolutamente admisibles las ponderaciones de tipo político y la lógica incidencia que ellas tienen sobre el quehacer legislativo, ello no impide aguardar que también se coloquen en su justo valor las consideraciones técnicas que deben darle sustento a la creación de un nuevo municipio.
Tampoco se ponen en duda aquí ni se relativizan las reivindicaciones históricas que invocan muchas comunidades, pero los legisladores deberían advertir que les corresponde actuar con la mayor racionalidad ya que, especialmente en términos económicos, las creaciones no debidamente evaluadas pueden causar más perjuicios que ventajas a las propias comunidades que las reclamaron.
Se sabe que un nuevo municipio debe poner en marcha un concejo deliberante, con todo lo que ello supone y los gastos que implica, así como un departamento ejecutivo con órganos de colaboración elementales en cualquier tipo de estructura administrativa. Prestar servicios, cobrar tributos propios, enfrentar los bajísimos índices de cobrabilidad que ello suele aparejar en estos tiempos, son una mínima muestra de los enormes dificultades que significa la puesta en marcha de un nuevo municipio. De allí la importancia de una ley marco que fije parámetros objetivos para sancionar nuevas creaciones.
Fuente: Editorial del diario platense "El Día" del 7 de noviembre de 2008 ||| http://www.eldia.com.ar/edis/20081107/opinion6.htm